Política de conflicto de intereses y financiación
Existe conflicto de interés cuando una relación personal, académica, institucional, profesional, comercial, política o económica puede influir, o ser percibida razonablemente como influyente, en la investigación, la evaluación o la decisión editorial.
Los autores deberán declarar todos los conflictos reales, potenciales o percibidos y todas las fuentes de financiación, subvenciones, apoyos institucionales, patrocinios y funciones del financiador. Si no existen conflictos o financiación externa, deberán indicarlo expresamente.
Los revisores deberán informar cualquier relación que comprometa su independencia y abstenerse de evaluar cuando corresponda. Los editores no participarán en decisiones sobre trabajos en los que tengan conflicto; el manuscrito será asignado a otra persona sin conflicto.
La omisión o declaración incompleta podrá motivar aclaraciones, reasignación de la revisión, rechazo, corrección o retractación, según la etapa y gravedad del caso.